Red.es publica la tercera convocatoria de ayudas del programa Kit Digital
Red.es publica la tercera convocatoria de ayudas del programa Kit Digital Red.es publica la tercera convocatoria de ayudas del programa Kit Digital. El 20 de octubre se iniciará el plazo de presentación de las solicitudes a través de la sede electrónica de Red.es (https://sede.red.gob.es) y estará abierto durante 12 meses. Origen de los datos: https://red.es/es/area-prensa/notas-prensa/redes-publica-la-tercera-convocatoria-de-ayudas-del-programa-kit-digital Red.es publica la tercera convocatoria de ayudas destinadas a la digitalización de pequeñas empresas de entre 0 y menos de 3 empleados (segmento III). Se puede consultar la convocatoria en el siguiente enlace: https://boe.es/boe/dias/2022/10/12/pdfs/BOE-B-2022-31240.pdf En la convocatoria se detallan los requisitos para solicitar las ayudas, las obligaciones que contraen los beneficiarios, los importes máximos de ayuda por cada categoría de soluciones de digitalización, la justificación, el pago y control de la implantación de las soluciones, entre otras materias importantes. Esta tercera convocatoria cuenta con un presupuesto inicial de 500 millones de euros y tiene por finalidad la mejora de la competitividad y del nivel de madurez digital de empresas de este segmento. La cuantía de la ayuda para este segmento será de 2.000€ y con ella las pymes y autónomos podrán adquirir las soluciones de digitalización para áreas clave como: sitio web y presencia en internet, gestión de redes sociales, comercio electrónico; la gestión de clientes; servicios y herramientas de oficina virtual, inteligencia empresarial y analítica, gestión de procesos, factura electrónica, comunicaciones seguras, ciberseguridad, y las dos nuevas soluciones de digitalización que se añadieron con la modificación de la orden de bases: presencia avanzada en internet y marketplace. Será a partir del 20 de octubre a las 11 horas cuando las pequeñas empresas de entre 0 y menos de 3 empleados puedan solicitar la ayuda del programa Kit Digital a través de la sede electrónica de Red.es (https://sede.red.gob.es). El plazo para presentar las solicitudes se mantendrá abierto durante 12 meses. Cómo solicitar la ayuda de Kit Digital Registrarse en el área privada de www.acelerapyme.es y completar el test de autodiagnóstico digital que no lleva más de 10 minutos. Consultar la información disponible de las soluciones de digitalización del programa Kit Digital, donde se podrá escoger una o varias de las que se indican en el catálogo que se puede consultar en www.acelerapyme.es. Solicitar la ayuda en la sede electrónica de Red.es (https://sede.red.gob.es). Una vez se comprueba que la empresa cumple los requisitos, se concede el bono digital. El beneficiario podrá consultar en www.acelerapyme.es el catálogo de soluciones básicas de digitalización que ofrece el programa Kit Digital y el catálogo de agentes digitalizadores. Deberá seleccionar uno o varios agentes digitalizadores con los que desarrollar las soluciones de digitalización que mejor se adapten a las necesidades de su negocio y suscribir los “acuerdos de prestación de soluciones de digitalización”. Las ayudas son de concurrencia no competitiva y se otorgarán de forma directa y por orden de llegada, una vez realizadas las comprobaciones del cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria. Las empresas interesadas en esta tercera convocatoria podrán consultar las bases reguladoras y todas sus novedades en el siguiente enlace: https://boe.es/boe/dias/2022/10/12/pdfs/BOE-B-2022-31240.pdf Red.es agiliza y facilita el proceso de solicitud a las pequeñas empresas Con el fin de facilitar al máximo el acceso a las ayudas, se ha habilitado la figura del “representante voluntario”, es decir, que cualquier tercero sea persona física o jurídica, debidamente autorizado, puede solicitar la ayuda por cuenta de la empresa. Además, siguiendo la línea de aligerar el proceso de solicitud para las empresas, bajo el lema “cero papeles”, Red.es ha diseñado un sistema de tramitación muy innovador usando herramientas de robotización e inteligencia artificial automatizado que reduce la carga burocrática, disminuye el número de documentos a presentar y acorta los plazos de concesión. La empresa podrá solicitar la ayuda sin aportar ninguna documentación. Será suficiente con que el empresario autorice a Red.es a consultar de oficio los requisitos y obligaciones requeridos para obtener la condición de beneficiario, salvaguardando la transparencia y seguridad jurídica. Más de 9.300 agentes digitalizadores Actualmente, el catálogo de agentes digitalizadores está compuesto por más de 9.300 agentes adheridos. El plazo de adhesión continuará abierto durante toda la duración del Programa, por lo que el catálogo se irá ampliando según se vayan resolviendo las solicitudes. Los agentes digitalizadores son los únicos habilitados para suscribir “acuerdos de prestación de soluciones de digitalización” con las empresas beneficiarias de las ayudas del programa Kit Digital y titulares del bono digital, y podrán colaborar en el proceso de solicitud de las ayudas siendo también representantes voluntarios, así como en las actuaciones de control que se deriven de las mismas. Además, serán ellos los que presenten toda la documentación justificativa y los que reciban el pago del bono digital cedido por el beneficiario, una vez se haya aceptado su justificación. Cerca de 400 millones de euros del Plan de Recuperación ya han llegado a las pymes Hasta la fecha, el programa Kit Digital ha recibido cerca de 77.000 solicitudes por parte de empresas de entre 10 y menos de 50 empleados y prueba de la agilidad del Programa son las cerca de 29.000 ayudas que ya han sido concedidas en este segmento. Este número de ayudas concedidas equivale a alrededor de 344 millones de euros procedentes de los fondos europeos NextGeneration EU. La primera convocatoria, dirigida al segmento de empresas de entre 10 y menos de 50 empleados, ha ampliado el plazo de presentación de solicitudes seis meses más, con lo que estará abierto hasta el 15 de marzo de 2023. El plazo de solicitud de la segunda convocatoria de ayudas del programa Kit Digital, dirigida a empresas de entre 3 y menos de 10 empleados, comenzó el pasado 2 de septiembre y ya se han recibido alrededor de 50.000 solicitudes. Solo el primer día se recibieron más de 12.000 peticiones. A fecha de hoy, y poco más de un mes después de la apertura de formularios, ya se han concedido cerca de 5.000 ayudas a pequeñas empresas, microempresas y autónomos de este segmento, lo que equivale a alrededor de 30 millones de euros procedentes de los fondos europeos NextGeneration EU. Además, actualmente el portal www.acelerapyme.es cuenta con 300.000 empresas registradas. Programa Kit Digital El programa Kit
Publicación de la segunda convocatoria de ayudas del programa Kit Digital
Red.es publica la segunda convocatoria de ayudas del programa Kit Digital. El 2 de septiembre se iniciará el plazo de presentación de las solicitudes a través de la sede electrónica de Red.es (https://sede.red.gob.es) para empresas de entre 3 y menos de 10 empleados (segmento II) y estará abierto durante 12 meses. Origen de los datos: https://red.es/es/actualidad/noticias/redes-publica-la-segunda-convocatoria-de-ayudas-del-programa-kit-digital Red.es publica la segunda convocatoria de ayudas destinadas a la digitalización de pequeñas empresas de entre 3 y menos de 10 empleados (segmento II). Se pueden consultar las novedades en el siguiente enlace: https://www.boe.es/boe/dias/2022/08/02/pdfs/BOE-B-2022-24251.pdf En la convocatoria se detallan los requisitos para solicitar las ayudas, las obligaciones que contraen los beneficiarios, los importes máximos de ayuda por cada categoría de soluciones de digitalización, la justificación, el pago y control de la implantación de las soluciones, entre otras materias importantes. Esta segunda convocatoria cuenta con un presupuesto inicial de 500 millones de euros y tiene por finalidad la mejora de la competitividad y del nivel de madurez digital de empresas de este segmento. La cuantía de la ayuda será de 6.000€ y con ella las pymes podrán adquirir las soluciones de digitalización para áreas clave como: sitio web y presencia en internet, gestión de redes sociales, comercio electrónico; la gestión de clientes; servicios y herramientas de oficina virtual, inteligencia empresarial y analítica, gestión de procesos, factura electrónica, comunicaciones seguras, y ciberseguridad. Además, en esta segunda convocatoria, se añaden dos nuevas categorías como son presencia avanzada en internet y marketplace. Será a partir del 2 de septiembre cuando las microempresas de entre 3 y menos de 10 empleados puedan solicitar la ayuda de Kit Digital a través de la sede electrónica de Red.es (https://sede.red.gob.es). El plazo para presentar las solicitudes se mantendrá abierto durante 12 meses. Cómo solicitar la ayuda de Kit Digital Registrarse en el área privada de www.acelerapyme.es y completar el test de autodiagnóstico digital que no lleva más de 10 minutos. Consultar la información disponible de las soluciones de digitalización del programa Kit Digital, donde se podrá escoger una o varias de las que se indican en el catálogo que se puede consultar en www.acelerapyme.es. Solicitar la ayuda en la sede electrónica de Red.es (https://sede.red.gob.es). Una vez se comprueba que la empresa cumple los requisitos, se concede el bono digital. El beneficiario podrá consultar en www.acelerapyme.es el catálogo de soluciones básicas de digitalización que ofrece el programa Kit Digital y el catálogo de agentes digitalizadores. Deberá seleccionar uno o varios agentes digitalizadores con los que desarrollar las soluciones de digitalización que mejor se adapten a las necesidades de su negocio y suscribir los “acuerdos de prestación de soluciones de digitalización”. Las ayudas son de concurrencia no competitiva y se otorgarán de forma directa y por orden de llegada, una vez realizadas las comprobaciones del cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria. Las empresas interesadas en esta segunda convocatoria podrán consultar las bases reguladoras y todas sus novedades en el siguiente enlace: https://www.boe.es/boe/dias/2022/07/29/pdfs/BOE-A-2022-12734.pdf Red.es agiliza y facilita el proceso de solicitud a las pequeñas empresas Con el fin de facilitar al máximo el acceso a las ayudas, se ha habilitado la figura del “representante voluntario”, es decir, que cualquier tercero sea persona física o jurídica, debidamente autorizado, puede solicitar la ayuda por cuenta de la empresa. Además, siguiendo la línea de aligerar el proceso de solicitud para las empresas, bajo el lema “cero papeles”, Red.es ha diseñado un sistema de tramitación muy innovador usando herramientas de robotización e inteligencia artificial automatizado que reduce la carga burocrática, disminuye el número de documentos a presentar y acorta los plazos de concesión. La empresa podrá solicitar la ayuda sin aportar ninguna documentación. Será suficiente con que el empresario autorice a Red.es a consultar de oficio los requisitos y obligaciones requeridos para obtener la condición de beneficiario, salvaguardando la transparencia y seguridad jurídica. Más de 8.700 agentes digitalizadores Actualmente, el catálogo de agentes digitalizadores está compuesto por más de 8.700 agentes adheridos. El plazo de adhesión continuará abierto durante toda la duración del Programa, por lo que el catálogo se irá ampliando según se vayan resolviendo las solicitudes. Los agentes digitalizadores son los únicos habilitados para suscribir “acuerdos de prestación de soluciones de digitalización” con las empresas beneficiarias de las ayudas del programa Kit Digital y titulares del bono digital, y podrán colaborar en el proceso de solicitud de las ayudas siendo también representantes voluntarios, así como en las actuaciones de control que se deriven de las mismas. Además, serán ellos los que presenten toda la documentación justificativa y los que reciban el pago del bono digital cedido por el beneficiario, una vez se haya aceptado su justificación. Ya se han concedido más de 21.000 ayudas de la primera convocatoria Hasta la fecha, el programa Kit Digital ha recibido alrededor de 68.000 solicitudes y prueba de la agilidad del Programa son las cerca de 21.000 ayudas concedidas, en solo cuatro meses, a las pequeñas empresas a las que va dirigida la primera convocatoria de ayudas de Kit Digital, aquellas de entre 10 y menos de 50 empleados (segmento I). Esto supone que el 31% de las pymes que lo han solicitado, ya cuentan con el bono digital para consumirlo en diferentes soluciones digitales del catálogo. Este porcentaje de ayudas concedidas equivale a alrededor de 252 millones de euros procedentes de los fondos europeos NextGeneration EU. La primera convocatoria de ayudas se lanzó el pasado 15 de marzo y el plazo de presentación de solicitudes continuará abierto hasta el próximo 15 de septiembre de 2022.
Modernización y desarrollo tecnológico de los procesos productivos de las PYME industriales de Castilla y León mediante la metodología «Lean Manufacturing» (2022)
La Junta de Castilla y León convoca, en régimen de concurrencia competitiva, la concesión de subvenciones dirigidas a la modernización y el desarrollo tecnológico de los procesos productivos de las PYME industriales de Castilla y León mediante la metodología «Lean Manufacturing». Con el objeto promover la realización de proyectos para la incorporación de técnicas de «Lean Manufacturing» en las PYME con actividad industrial de Castilla y León, para mejorar su productividad y competitividad, incentivando la contratación de servicios avanzados de asesoramiento y asistencia técnica en esta materia. Objetivo: Mejorar la productividad y competitividad de las PYME industriales de Castilla y León, impulsando la utilización de técnicas innovadoras de mejora continua, conocidas como «Lean Manufacturing». Entre las mejores técnicas de gestión para la mejora de productividad y la capacidad de adaptación de las empresas se encuentra este modelo que persigue el análisis de procesos y su mejora continua, eliminando o reduciendo todo aquello que no aporta valor en los procesos productivos, e incentivando la contratación de servicios avanzados de asesoramiento y asistencia técnica en esta materia. Beneficiarios: Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones, en los términos previstos en la presente orden, las personas jurídicas que tengan la condición de PYME, conforme lo indicado en la base tercera, que esté válidamente constituida y que cuente con algún centro de trabajo en Castilla y León. Actuaciones subvencionables: Proyectos de implantación de sistemas de gestión de la producción basados en el modelo «Lean Manufacturing». Elaborar un plan de actuaciones concreto, priorizado, específico y orientado a resultados. Desarrollar y ejecutar materialmente el citado plan de actuaciones dentro de los plazos establecidos en la convocatoria o los especificados en la resolución de concesión. Proyectos de preparación para la implantación de sistemas de gestión de la producción basados en el modelo «Lean Manufacturing». En ambos casos, los proyectos se llevarán a cabo en uno o en varios emplazamientos industriales de la empresa en Castilla y León y abordarán uno o varios de los siguientes ámbitos: Reingeniería de flujos de materiales y procesos logísticos para lograr una mayor eficiencia. Disminución de tiempos y supresión de ineficiencias de una unidad productiva. Reingeniería de líneas de producción. Rediseño de la conceptualización y desarrollo de nuevos productos y procesos. La reducción de los defectos, rechazos y reprocesos. En ambas tipologías de proyecto, el proyecto deberá incluir además necesariamente una fase de diagnóstico, con el objetivo de conocer la situación en la empresa a fin de tener una visión global de la misma y poder orientar los planes de acción hacia la mejora de la eficiencia de los procesos con el «Lean Manufacturing». Cuantía: La subvención consistirá en una subvención a fondo perdido calculada como un porcentaje de los costes considerados subvencionables. El porcentaje de subvención concedido no podrá superar el 50% de los costes considerados subvencionables. En todos los casos, la subvención se aplicará exclusivamente a los gastos considerados subvencionables y tendrá un límite máximo por proyecto de 10.000 € Gastos subvencionables. Inversiones en activos inmateriales. Adquisición de software relacionado con la implantación del sistema de gestión «Lean Manufacturing». Inversiones en activos materiales. Adquisiciones de hardware, sensorización, automatización y control de la producción, así como inversiones para la adaptación de equipos productivos que sean necesarias para la implementación del sistema de gestión basado en «Lean Manufacturing» en el emplazamiento. Colaboraciones externas. Tales como servicios de consultoría e ingeniería necesarios para el diagnóstico e implantación de sistemas de gestión de la producción basados en el modelo «Lean Manufacturing» prestados por empresas o entidades que acrediten su experiencia en la materia. En las correspondientes convocatorias se podrán establecer restricciones o condiciones sobre las empresas o entidades que presten colaboraciones externas. No serán subvencionables, en ningún caso, los servicios prestados a las PYME que constituyan una actividad permanente o periódica y que estén relacionados con los gastos de funcionamiento normales de la empresa. En ningún caso se considerarán subvencionables los impuestos indirectos ni los impuestos personales sobre la renta de las personas físicas. Plazo: Hasta el 22 de abril de 2022. Más información a través de este enlace