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lean manufacturing

La Junta de Castilla y León convoca, en régimen de concurrencia competitiva, la concesión de subvenciones dirigidas a la modernización y el desarrollo tecnológico de los procesos productivos de las PYME industriales de Castilla y León mediante la metodología «Lean Manufacturing».

Con el objeto promover la realización de proyectos para la incorporación de técnicas de «Lean Manufacturing» en las PYME con actividad industrial de Castilla y León, para mejorar su productividad y competitividad, incentivando la contratación de servicios avanzados de asesoramiento y asistencia técnica en esta materia.

Objetivo:

Mejorar la productividad y competitividad de las PYME industriales de Castilla y León, impulsando la utilización de técnicas innovadoras de mejora continua, conocidas como «Lean Manufacturing».

Entre las mejores técnicas de gestión para la mejora de productividad y la capacidad de adaptación de las empresas se encuentra este modelo que persigue el análisis de procesos y su mejora continua, eliminando o reduciendo todo aquello que no aporta valor en los procesos productivos, e incentivando la contratación de servicios avanzados de asesoramiento y asistencia técnica en esta materia.

Beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones, en los términos previstos en la presente orden, las personas jurídicas que tengan la condición de PYME, conforme lo indicado en la base tercera, que esté válidamente constituida y que cuente con algún centro de trabajo en Castilla y León.

Actuaciones subvencionables:

  1. Proyectos de implantación de sistemas de gestión de la producción basados en el modelo «Lean Manufacturing».
  1. Elaborar un plan de actuaciones concreto, priorizado, específico y orientado a resultados.
  2. Desarrollar y ejecutar materialmente el citado plan de actuaciones dentro de los plazos establecidos en la convocatoria o los especificados en la resolución de concesión.
  3. Proyectos de preparación para la implantación de sistemas de gestión de la producción basados en el modelo «Lean Manufacturing».

En ambos casos, los proyectos se llevarán a cabo en uno o en varios emplazamientos industriales de la empresa en Castilla y León y abordarán uno o varios de los siguientes ámbitos:

  1. Reingeniería de flujos de materiales y procesos logísticos para lograr una mayor eficiencia.
  2. Disminución de tiempos y supresión de ineficiencias de una unidad productiva.
  3. Reingeniería de líneas de producción.
  4. Rediseño de la conceptualización y desarrollo de nuevos productos y procesos.
  5. La reducción de los defectos, rechazos y reprocesos.

En ambas tipologías de proyecto, el proyecto deberá incluir además necesariamente una fase de diagnóstico, con el objetivo de conocer la situación en la empresa a fin de tener una visión global de la misma y poder orientar los planes de acción hacia la mejora de la eficiencia de los procesos con el «Lean Manufacturing».

Cuantía:

  • La subvención consistirá en una subvención a fondo perdido calculada como un porcentaje de los costes considerados subvencionables. El porcentaje de subvención concedido no podrá superar el 50% de los costes considerados subvencionables.
  • En todos los casos, la subvención se aplicará exclusivamente a los gastos considerados subvencionables y tendrá un límite máximo por proyecto de 10.000 €

Gastos subvencionables.

  1. Inversiones en activos inmateriales. Adquisición de software relacionado con la implantación del sistema de gestión «Lean Manufacturing».
  2. Inversiones en activos materiales. Adquisiciones de hardware, sensorización, automatización y control de la producción, así como inversiones para la adaptación de equipos productivos que sean necesarias para la implementación del sistema de gestión basado en «Lean Manufacturing» en el emplazamiento.
  3. Colaboraciones externas. Tales como servicios de consultoría e ingeniería necesarios para el diagnóstico e implantación de sistemas de gestión de la producción basados en el modelo «Lean Manufacturing» prestados por empresas o entidades que acrediten su experiencia en la materia. En las correspondientes convocatorias se podrán establecer restricciones o condiciones sobre las empresas o entidades que presten colaboraciones externas.

No serán subvencionables, en ningún caso, los servicios prestados a las PYME que constituyan una actividad permanente o periódica y que estén relacionados con los gastos de funcionamiento normales de la empresa.

En ningún caso se considerarán subvencionables los impuestos indirectos ni los impuestos personales sobre la renta de las personas físicas.

Plazo:

Hasta el 22 de abril de 2022.

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